Jueves, 28 Marzo 2024

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La FMRM y la CARM acuerdan colaborar en la regulación de las quemas agrícolas a través de una ordenanza

Con esta ordenanza “tipo” se pretende disminuir la contaminación urbana en los municipios, siendo otro de los objetivos, reducir al máximo estas prácticas lo antes posible

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La FMRM y la Secretaría General de Agricultura, Agua, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente, continúan avanzando en materia de quemas agrícolas debido al gran impacto y controversia que estas suponen para la agricultura regional. Esta mañana, ambas entidades han mantenido una reunión a la que han asistido por parte de la CARM, el Secretario General, Víctor Martínez, el subdirector General de Política Forestal, Caza y Pesca Fluvial, Juan de Dios Cabezas, acompañados a su vez, por jefes de servicio del área y la Subdirectora de Calidad y Evaluación Ambiental, Catalina Simón. Por su parte, como representantes de la Federación de Municipios, han estado presentes su presidenta María Dolores Muñoz, junto a los vicepresidentes Víctor López (alcalde de Ulea) y Diego José Mateos (Alcalde de Lorca), y el secretario general, Manuel Pato.

El motivo de la reunión ha sido analizar el funcionamiento de la nueva Orden de 30 de diciembre de 2020 sobre las autorizaciones de las quemas de podas y la comunicación a los ayuntamientos de éstas. La nueva orden es un paso adelante en la regulación de esta práctica, que con el tiempo ambas administraciones consideran que “debe reducirse al máximo”.

Y es que, esta orden publicada el 5 de enero indica en su artículo primero que “queda prohibida la quema de rastrojos y demás restos vegetales procedentes de podas, excepto por razones fitosanitarias”. En las órdenes anteriores, se habilitaba a los alcaldes y alcaldesas a autorizar por esas razones las quemas de podas. Como los regidores de las entidades locales no tienen competencias en esta materia y en Salud Vegetal, siendo la misma del gobierno regional, la FMRM expuso a la CARM su posición clara en cuanto que los municipios eran incompetentes para realizar dichas autorizaciones.

Con esta nueva orden, es la Comunidad Autónoma la que asume regular esta actividad de quemas de restos vegetales. En su artículo 2 prevé cuál es la formulación que el agricultor debe hacer para solicitar autorización para quemar, como una declaración jurada en el que se indiquen los datos relevantes y el informe técnico correspondiente que justifique dicha quema.

A su vez, los ayuntamientos, participan a efectos de protección del entorno urbano, por ello deben comunicarles a los mismos las quemas que se van a realizar para proteger la contaminación atmosférica de los núcleos.

Desde la Federación de Municipios, Pato, ha dicho que “vamos a trabajar con la CARM para el establecimiento de una ordenanza tipo que regule la parte municipal, mediante reuniones técnicas de carácter periódico, y la convocatoria a concejales del área de los 45 ayuntamientos para informarles del desarrollo de la misma”.

Asimismo, la presidenta María Dolores Muñoz ha solicitado que al gobierno regional a través del NEXT CARM, desarrolle proyectos tendentes a la valorización de los restos de podas, como compostaje por comarcas enmarcado en el eje de economía circular de la Agenda Urbana. Pero comenta que “sería importante la concesión de subvenciones para la maquinaria que posibilite esta función”.

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