El Consejo Territorial es el órgano de máxima autoridad durante el periodo de cuatro años que transcurre entre la celebración de los Plenos Ordinarios.
Entre sus competencias están las de hacer cumplir las Resoluciones del Pleno, velar por el cumplimiento de los fines estatutarios, aprobar el Reglamento de Régimen Interior y el del Pleno, articular las relaciones de la FEMP con las Federaciones Territoriales y elaborar propuestas de actuaciones concretas a emprender conjuntamente con éstas, además de las líneas generales de actuación coordinadas, cubrir las vacantes que se produzcan en la Junta de Gobierno y en el propio Consejo Territorial, aprobar las cuotas anuales de la Federación, así como los presupuestos ordinarios y las cuentas generales con carácter anual.
Esta reunión de secretarios generales de las territoriales se convoca por primera vez después de la XIII Asamblea General de la FEMP